El FITU presentó un proyecto de ley alternativo a la propuesta de reforma laboral esclavista de Milei, las patronales y el FMI. Con la firma de Juan Carlos Giordano, Mercedes de Mendieta, Vilma Ripoll, Christian Castillo y Alejandro Vilca, el texto, en vez de quitar derechos, propone garantizarlos y ampliarlos para el conjunto del pueblo trabajador.
Comienza declarando la Emergencia Laboral Nacional y de la Promoción del Empleo Formal. Durante ese período, se deberá garantizar empleo estable, formal y con derechos. Para eso se derogaran todas las normas que hayan profundizado la precarización laboral, entre ellas el DNU 70/23 y todas sus disposiciones en materia laboral, así como las leyes y decretos de flexibilización dictados durante la última dictadura militar.
Se prohíben los despidos sin justa causa y las suspensiones, tanto en el sector público como en el privado. También se dispone el pase a planta permanente de la totalidad de trabajadores precarizados, contratados, tercerizados, becarios y monotributistas.
El proyecto propone, además, la creación de un Plan Nacional de Obras Públicas, Vivienda y Urbanización Popular, para generar trabajo genuino, mejorar la infraestructura, urbanizar villas y asentamientos y construir 500 mil viviendas populares, creando más de dos millones de nuevos puestos de trabajo. Plantea además la puesta en marcha del Programa de Primer Empleo Joven sin Precarización, dirigido a trabajadoras y trabajadores de 18 a 25 años.
Para financiar este proyecto se propone la creación de un impuesto extraordinario y permanente a la renta financiera, a las grandes fortunas, bancos, multinacionales y terratenientes. Estos fondos se incrementan con la suspensión de todo pago de la deuda externa. Los recursos obtenidos se destinarán a los gastos derivados de esta iniciativa.
El proyecto de ley establece, asimismo, una jornada laboral máxima de seis horas diarias o treinta semanales, sin reducción salarial.
También plantea un aumento general de salarios, jubilaciones y programas sociales llevándolos al valor de la canasta familiar, con actualización automática mensual según el índice de inflación. El Salario Mínimo, Vital y Móvil, por su parte, no podrá ser inferior al costo total de la canasta familiar publicada mensualmente por las y los trabajadores y técnicos de ATE-Indec.
En relación con las jubilaciones, se exige la restitución de la totalidad de los aportes patronales a la seguridad social eliminados por gobiernos anteriores. A su vez, se establece la movilidad jubilatoria al 82% móvil real y se dispone que todos los fondos y sistemas previsionales sean administrados bajo control de jubilados y trabajadores, mediante comisiones de representantes electas democráticamente.
Para las y los trabajadores de plataformas digitales, se reconoce la relación laboral de dependencia entre las empresas y sus trabajadoras y trabajadores. Se establecen derechos básicos, como la jornada máxima de seis horas diarias o treinta semanales, la exigencia de la provisión por parte de las empresas de todos los elementos de trabajo, el derecho a vacaciones, licencias por enfermedad y accidentes, la cobertura previsional y el derecho a sindicalización reconocido por las empresas.
Finalmente, se prohíbe al Poder Ejecutivo interferir en la actividad de las organizaciones sindicales y en las formas de organización que elijan libremente las y los trabajadores. Tampoco se podrá regimentar el derecho de huelga ni la participación en la vida sindical.










