Derecho a la licencia y traslado por violencia de género

(Tiempo estimado: 1 - 2 minutos)

Una de las medidas urgentes que reclamamos para dar protección a las mujeres víctimas de la violencia de género es la sanción de leyes en todas las legislaturas y en el Congreso Nacional que establezcan el derecho a la licencia y al traslado de lugar de trabajo para las víctimas de violencia de género.

La licencia por violencia de género fue conquistada por la docencia en Chubut durante el 2014, y en Neuquén este año. Existen proyectos de leyes en diversas legislaturas del país en el mismo sentido, planteando su extensión a toda la administración pública.

Estas licencias, sin embargo, suelen sancionarse por un período más corto que la situación de riesgo a la que la persona está expuesta. Por eso se requiere conectarlas a otras medidas como el derecho al traslado de lugar de trabajo. En países como el Estado Español este derecho ya existe, con carácter provisorio para las mujeres que trabajan en la función pública mientras dure su situación de estar “bajo protección”.

Algunos bloques como el PRO en CABA pretenden que la licencia se otorgue solo para los casos judicializados. Nuestro reclamo es para que se aplique el criterio de la Ley 26485 que establece que las medidas de protección a la mujer no deben condicionarse a la existencia de denuncia judicial y que, por tanto, baste para acceder a las mismas la mera presentación de certificados de haber planteado el caso ante cualquier organismo de atención a las víctimas de violencia.

Resta otro problema: la necesidad de que estas leyes amplíen estos derechos a las personas que trabajan en el ámbito privado.